La Zarzuela no emprenderá acciones legales contra el primo de la princesa Letizia por su libro

El Palacio de La Zarzuela no va a emprender ninguna acción legal contra David Rocasolano, primo de la princesa Letizia, por el contenido del libro que acaba de publicar, ni tampoco contra su difusión. Así lo han confirmado a Monarquía Confidencial fuentes de la Casa del Rey.

Expertos jurídicos consultados consideran que el contenido de ese libro podría constituir un caso de revelación de secreto profesional, por cuanto el autor detalla las gestiones que, como abogado en ejercicio, realizó para Letizia Ortiz.

Además, en sus páginas se reproducen documentos que él manejó y tramitó, como el acta del matrimonio civil, el acta del divorcio y facturas de la clínica abortista Dator.

Resultados contraproducentes

Las fuentes de La Zarzuela a las que ha preguntado MC subrayan que la renuncia a cualquier iniciativa legal contra el libro se fundamenta también en que este tipo de actuaciones no suelen ser efectivas. E incluso, como se ha comprobado en experiencias anteriores, resultan contraproducentes porque contribuyen a una mayor difusión de la pieza que se intentaba frenar.

A ese respecto, se recuerda concretamente lo que ocurrió con la revista El Jueves y su portada ofensiva para los príncipes de Asturias. Aunque la Casa no tomó ninguna iniciativa, el fiscal actuó de oficio y se procedió al secuestro de la publicación. Esa medida provocó que la portada diera la vuelta al mundo a través de las redes sociales.

El Colegio de Abogados de Madrid

El Colegio de Abogados de Madrid, al que pertenece David Rocasolano, no se ha planteado actuar contra el primo de la princesa Letizia por vulneración del secreto profesional, ni tomar por ahora ninguna otra medida por saltarse el código deontológico de la profesión.

El secreto profesional es uno de los pilares de la abogacía, y la deontología determina el grado de prestigio profesional y preserva el buen hacer de los profesionales.

Fuentes del Colegio de Madrid consultadas por Monarquía Confidencial han explicado que la entidad no tomará ninguna iniciativa por su cuenta. Intervendría en el caso de que alguien denunciase un comportamiento poco ético, aunque la publicación en un medio informativo puede también provocar el inicio de unas diligencias previas con el fin de concluir si tal circunstancia se ha producido realmente.

 

Código Deontológico de la Abogacía

El Código Deontológico de la Abogacía Española establece:

Artículo 5 (secreto profesional)

2. El deber y derecho al secreto profesional del abogado comprende las confidencias y propuestas del cliente, las del adversario, las de los compañeros y todos los hechos y documentos de que haya tenido noticia o haya recibido por razón de cualquiera de las modalidades de su actuación profesional.

7. Estos deberes de secreto profesional permanecen incluso después de haber cesado en la prestación de los servicios al cliente, sin que estén limitados en el tiempo.

Artículo 13 (relaciones con los clientes)

12. La documentación recibida del cliente estará siempre a disposición del mismo, no pudiendo en ningún caso el Abogado retenerla, ni siquiera bajo pretexto de tener pendiente cobro de honorarios. No obstante podrá conservar copias de la documentación.

En cuanto a las sanciones, estas son las posibles medidas:

-Suspensión del ejercicio de la abogacía.

-Expulsión del Colegio de Abogados.

La expulsión lleva consigo la imposibilidad de seguir ejerciendo la profesión de abogado. Sin embargo, según fuentes jurídicas consultadas por MC, en España es muy difícil que se expulse a alguien del colegio de Abogados, algo que ha ocurrido muy escasas veces.

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